La PYME AgroEcoProductiva Agroecología y Biomanufactura C.A es un Ecoemprendimiento Privado bajo la forma de Pequeña y Mediana Empresa (PYME) en el marco del la Bioeconomía y el Biocomercio Sostenible, y tiene como objeto el Cultivo, la Recolección y/o Cosecha, Procesamiento y Comercialización al Mayor y Detal Nacional e Internacionalmente de Capsulas y Te de Noni, Banaba y Te Orgánicos, bajo los principios, criterios y enfoque de trabajo del Biocomercio Sostenible, atendiendo a los objetivos de la Ley de gestión de la Diversidad Biológica, el Convenio de Diversidad Biológica (CDB), la Iniciativa BioTrade de la UNCTAD, y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 2030) de la Organización de las Naciones Unidas.
El marco conceptual que soporta las actividades de Biocomercio Sostenible responde inicialmente a los tres objetivos del Convenio de Diversidad Biológica (CDB), conservación y uso sostenible de la diversidad biológica, y distribución equitativa de los beneficios, los objetivos de la Convención de Desarrollo Sostenible, las metas del milenio, y el apoyo al uso sostenible de especies amenazadas por actividades de comercio, marco de trabajo de la Convención CITES.
Los
Principios y Criterios son aplicados a diferentes contextos como
selección de proyectos, guía para empresas en la elaboración de planes
de trabajo, selección de cadenas de valor, apoyo financiero a empresas y
desarrollo de normas para verificación y certificación, entre otros.
Principio 1. Conservación de la biodiversidad. Este
es el primer elemento del CDB; las empresas (iniciativas productoras,
transformadores o comercializadoras de productos de biocomercio)
deberían mantener la diversidad biológica en todas sus escalas (genes,
especies, ecosistemas)
Principio 2. Uso sostenible de la biodiversidad. Este
principio apoya la implementación del segundo objetivo del CDB. Los
productos del Biocomercio Sostenible se deben obtener bajo sistemas que
permitan y demuestren la sostenibilidad del recurso utilizado y del
ecosistema involucrado. El objetivo es que el aprovechamiento de una
especie o ecosistema no supere la capacidad de regeneración y/o
productividad del recurso o ecosistema utilizado. Las empresas deberían
definir instrumentos para la aplicación de buenas prácticas de manejo y
monitoreo para orientar, diseñar y mejorar los procesos productivos.
Principio 3. Distribución justa y equitativa de beneficios derivados del uso de la biodiversidad. Este
principio corresponde al tercer objetivo del CDB. Para asegurar una
distribución justa y equitativa es importante que los beneficiarios
tengan acceso a información relevante relacionada con la
comercialización de los productos de Biocomercio Sostenible y sean
involucrados en las negociaciones de los precios y condiciones de
compra. Este principio todavía requiere la definición de metodologías
apropiadas que apoyen a los actores en su implementación, por esta razón
los criterios definidos se basan en la experiencia actual pero
necesitan mayor definición con base en la implementación prácticas de
propuestas metodológicas.
Principio 4. Sostenibilidad socio - económica (de gestión, productiva, financiera y de mercado) La
competitividad en el ámbito del Biocomercio Sostenible deberá resultar
en productos manejados sosteniblemente, que logren posicionarse en los
mercados específicos y mantenerse en ellos por el tiempo suficiente para
generar los beneficios esperados.
Principio 5. Cumplimiento de la legislación nacional e internacional. El
cumplimiento con la legislación y regulaciones relevantes es un punto
fundamental para la legitimación legal de las empresas y el acceso de
sus productos a los mercados.
Principio 6. Respeto de los derechos de los actores involucrados en el Biocomercio Sostenible. La
generación de capital social es uno de los pilares del desarrollo
endógeno, sustentable y humano, por esta razón el respeto de los
derechos de los actores que de una u otra manera interactúan con la
empresa y la generación de desarrollo local son fundamentales en la
gestión de una empresa de Biocomercio Sostenible.
Principio 7. Claridad sobre la tenencia de la tierra, el uso y acceso a los recursos naturales y a los conocimientos. Es
un elemento capital para un manejo responsable de una empresa tener
claridad sobre sus derechos de acceso. Solamente en este caso puede
hacer las inversiones a largo plazo o implementar las medidas de manejo
correspondientes para asegurar la sostenibilidad. Al mismo tiempo esta
claridad permite establecer las responsabilidades de cada actor en el
manejo de las especies.
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